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¿Cómo puedo saber si una Empresa me boletinó?

Actualizado: 19 ene

No es posible "boletinar" a un trabajador, el único boletín que existe es el que emiten las Juntas de Conciliación y Arbitraje Local y Federal de cada Estado.

En BURO LABORAL MÉXICO respetamos lo estipulado en el artículo 133 Fracción 9 de la Ley Federal del trabajo en donde menciona textualmente, “Está prohibido a los empleadores utilizar un sistema que tache, señale o ponga en índice a los trabajadores”.

BLM cuenta con una sección de referencias laborales, en dicha sección las empresas contratantes pueden colocan la causa de baja del trabajador, por ejemplo, "abandono de trabajo", "fin de contrato", "revelación de información de carácter reservado", etc.

Te invitamos a leer el Artículo 47 de la Ley Federal del trabajo. "Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón".

Sólo estas causales de baja son autorizadas por el sistema de consulta en línea de BURO LABORAL MÉXICO con la finalidad de contar con una referencia del motivo de separación del colaborador.

Artículo 133 Ley Federal del Trabajo


Queda prohibido a los patrones o a sus representantes:


IX.- Emplear el sistema de poner en el índice a los trabajadores que se separen o sean separados del trabajo para que no se les vuelva a dar ocupación;


Ley Federal del Trabajo Artículo 133 Ley Federal del Trabajo




Te invitamos a leer con atención los avisos de privacidad de las empresas contratantes y bolsas de trabajo, es muy importante que las empresas contratantes respeten la privacidad de tu información.

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